<
>

Torrente: "El árbitro se equivocó y no soy una momia como para no reaccionar"

MANIZALES -- El entrenador argentino Javier Torrente dijo al término del compromiso de ayer cuando igualó a un gol ante Junior de Barranquilla, en el estadio Palogrande, que la acción disciplinaria que ejecutó el árbitro del partido, Luis Sánchez, estuvo equivocada.

“No insulté, ni agredí a nadie como para que el árbitro me expulsara, por eso no comprendí su decisión. Lo posterior lo puedo calificar como una acción un poco más rebelde de mi parte frente a algo que me pareció injusto”, dijo el adiestrador de 45 años.

El jefe del banquillo agregó que la situación lo hizo enojar mucho y su reacción se debió a que “no soy una momia parada en la raya y no debí ser expulsado porque no había agredido a nadie”, sostuvo en la rueda de prensa, tras el juego.

LA POSIBLE SANCIÓN
Torrente podría quedar suspendido de tres a doce meses si el Comité Disciplinario de la Dimayor le aplica el artículo 79 de Código Disciplinario del mismo organismo en sus encisos C o D, de acuerdo al informe que presente el árbitro central del partido, el vallecaucano Luis Sánchez.

Torrente reclamó de forma airada al juez del partido una presunta falta dentro del área en favor de su equipo mientras corría el minuto 39 del primer tiempo. Sánchez lo mandó a la tribuna expulsándolo del partido, pero la reacción del ex asistente del Olympique de Marsella terminó sobre modulada. Vinieron los insultos y el empujón al cuarto hombre del equipo arbitral, el caldense Alejandro Gallego, mientras sus asistentes trataban de calmarlo.

De acuerdo a las normas, la acción del entrenador encajaría en el apartado C del mencionado artículo que dice que “suspensión de uno (1) a tres (3) meses y multa de cinco (5) a diez (10) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la infracción por conducta antideportiva contra un oficial de partido consistente en empujar, estrujar, dar pechazos o balonazos o agraviarlo en forma parecida…”.

Y si por el contrario la comisión, que estudiará su caso mañana, considera que debe aplicársele el renglón D y de acuerdo el informe, es decir, “suspensión de doce (12) a veinticuatro (24) meses y multa de cincuenta (50) a sesenta (60) salarios mínimos legales mensuales vigentes al momento de la infracción en casos de vías de hecho (codazos, puñetazos, patadas, etc.)”, el castigo podría extenderse.