Con el objetivo de regular la forma en la que las franquicias deberán operar en las próximas siete temporadas, la NBA y la Asociación de Jugadores distribuyeron el nuevo documento del Convenio Colectivo de Trabajo que regirá a partir del 1º de julio del 2023 hasta el 30 de junio del 2030.
El documento cuenta con un total de 676 páginas en las que se detallas las nuevas reglas con las cuales los equipos deberán regirse de ahora en más.
El nuevo convenio busca tanto poner ciertos límites a aquellas que en los últimos años han abierto sus billeteras a discreción a la hora conformar su plantilla, como a las que eligen gastar menos, imponiéndoles la obligación de gastar un porcentaje determinado del límite salarial antes de comenzar la temporada.
La formación de súper-equipos integrados con tres y hasta cuatro jugadores que tengan contratos máximos, tendrán sus consecuencias que van más allá de los impuestos que deberán pagar. La pérdida de ciertas excepciones salariales, sanciones en futuros drafts y la imposibilidad de participar en los mercados de buyouts, son algunas consecuencias a las que quedarán expuestas las franquicias que elijan ese camino.
Entre los cambios más significativos figuran los diferentes niveles de impuesto al lujo. Como en el convenio anterior está fijado una determinada cantidad de dinero a partir de la cual los equipos que la sobrepasen deben pagar el impuesto. Sin embargo, se agregan dos niveles más de impuesto al lujo con consecuencias más duras en cada uno de los casos.
A continuación, detallamos algunos de los puntos salientes a tener en cuenta del nuevo convenio.
Impuesto al lujo y sus niveles
La NBA ha fijado el tope salarial en $136 millones por equipo y el impuesto al lujo en $165 millones. Sin embargo, con el nuevo convenio queda establecido que existen tres niveles diferentes para el pago del mismo.
Se establece que hay un nivel inicial que es el que se pagará el impuesto de los equipos que superen los $165 millones, otro a partir de los $172 millones al que llamaremos nivel 1 y un tercero (al que llamaremos impuesto al super-lujo) a partir de los $182.5 millones.
Impuesto al lujo de nivel 1 ($172 millones)
Los equipos que superen los $172 millones para conformar su nómina, se exponen a las siguientes consecuencias:
-No podrán firmar jugadores del mercado de buyots cuyo contrato haya sido mayor al equivalente de la excepción salarial de nivel medio (12.4 millones)
-Tendrán que igualar salarios en los intercambios que realicen hasta el 110% (hasta esta temporada era del 125%). Lo que sí podrán utilizar es la excepción salarial de nivel medio para equipos que paguen el impuesto cuyo valor es de $5 millones.
Impuesto al super-lujo ($182 millones)
Para los equipos que superen los $182.4 millones en salarios, no podrán usar su excepción salarial de medio nivel. Tampoco podrá realizar cambios en operaciones de firma y cambio.
También se establece que si en el último día de la temporada regular, un equipo excede los $182.4 millones en su nómina, a partir de julio del 2024 no podrá intercambiar su selección de primera ronda de draft por siete años. A esto se le llama selección congelada.
Si el equipo hubiera superado los $182.4 millones en dos de los siguientes cuatro años, su selección de draft será movida automáticamente al último lugar de la primera ronda (puesto 30) independientemente del desempeño en la la temporada anterior.
Nuevo piso salarial
Según el nuevo convenio, los equipos deberán gastar al menos el equivalente al 90% del cupo salarial establecido y tendrán que hacerlo al primer día de la temporada regular, cuando anteriormente esa fecha estaba fijada para el mismo día de la fecha límite de traspasos cuando se había disputado el equivalente a los 2/3 de la temporada. Tampoco se le permitirá realizar cambio alguno que disminuya su masa salarial más allá del piso establecido.
Agencia libre restringida
En el convenio anterior, los agentes libres con restricciones podían firmar una oferta con un equipo determinado, y su equipo anterior tenía tres días para igualarla o no. Ahora ese plazo se reduce a lo siguiente: Si el equipo con un agente libre con restricciones recibe la oferta antes del mediodía, tiene 36 horas para decider si la iguala o no. Si en cambio la recibe pasado el mediodía, tendrá dos días de plazo.
Renegociación de contratos
Aquellos equipos que renegocien el contrato con un jugador, no podrán cambiarlo hasta después de los seis meses con las que negociaron el contrato. Y, por su parte, un jugador no podrá renegociar su contrato durante los primeros seis meses de estar en el equipo si ha sido canjeado.
Número de jugadores en la nómina
En el convenio anterior, los equipos podían decider entre tener un plantel con 14 o 15 jugadores. A partir de ahora, todos los planteles tendrán que tener 15 jugadores. Solo se les permitirá a los equipos tener 14 jugadores durante 28 días en toda la temporada y nunca más de 14 días consecutivos.
Contratos de dos vías
Con las nuevas reglas, los equipos podrán tener tres contratos de doble vía en lugar de dos.