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Xelajú MC recibe elevado castigo del Órgano Disciplinario

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El equipo que ganó la fase de clasificación del Torneo Apertura 2024, fue reportado por el comportamiento de sus aficionados

GUATEMALA --- Xelajú MC vivió una auténtica fiesta el pasado domingo por la tarde en el Estadio Mario Camposeco debido a que su afición abarrotó el escenario deportivo y jugó un papel importante en la remontada del marcador ante Deportivo Mixco, para quedarse con la victoria y ganar la fase de clasificación con 30 puntos por mayor diferencia de goles que Municipal.

Sin embargo, a lo largo del partido, se registraron ciertos incidentes con su afición y el árbitro central Sergio Reyna, así como la comisario Aracely García, lo reportaron en su acta arbitral y el Órgano Disciplinario actuó en base a lo mencionado para colocar una multa económica de Q50 mil quetzales.

“Se informa que al minuto 31, aficionados identificados del equipo Xelajú MC lanzaron una piedra sobre los jugadores de Mixco, impactando en la cabeza del jugador número 99”, señala el primer reporte.

“Al minuto 54’, el encuentro se detuvo debido a que aficionados se subieron a la malla perimetral a quedar bengalas de humo, sin causar ningún daño”, añade el reporte.

También se indica que la esposa del Director Técnico de Xelajú MC, estuvo insultado en reiteradas ocasiones al equipo arbitral, especialmente a Aracely García, la comisario.

En base lo anterior, el Órgano Disciplinario de la Liga Nacional de Fútbol actuó con lo estipulado en el Reglamento Disciplinario de la siguiente manera:

  • Sancionar a Xelajú MC con multa de Q10 mil quetzales porque el equipo anfitrión es responsable, sin que se le impute una conducta u omisión culpable de la conducta impropia de los espectadores.

  • Sancionar a Xelajú MC con multa de Q20 mil quetzales, por ser reportado porque el público arrojó objetos al terreno de juego, impactando sin causar daño al cuerpo arbitral, jugadores y cuerpo técnico.

  • Sancionar a Xelajú MC con una multa de Q20 mil quetzales al club cuyo estadio no cumpla con cualquiera de las obligaciones y requisitos de seguridad establecidas en el artículo 25 del reglamento de competencia y diere lugar a situaciones de riesgo y/o violencia.