El escribano Daniel Queijo, integrante de la Comisión Disciplinaria de la Asociación Uruguaya de Fútbol (AUF), explicó por qué Nacional y Peñarol recibieron la misma sanción ante los incidentes que se desarrollaron en el último clásico disputado en el Gran Parque Central, pasado domingo 4 de setiembre por el Torneo Clausura del Campeonato Uruguayo.
Este miércoles se informó que ambos clubes no podrán jugar dos partidos con público local en lo que resta de la temporada. El equipo tricolor deberá enfrentar a Cerro Largo y Defensor Sporting por las fechas 10 y 12 del Clausura sin su hinchada, mientras que, en el caso de los aurinegros, sus simpatizantes no podrán acceder al Campeón del Siglo en los encuentros ante Cerrito y Montevideo City Torque por las etapas 9 y 10.
En diálogo con ‘100% Deporte’ (Radio Sport), Queijo señaló este jueves: “Esto obedeció a un procedimiento protocolar que cumple con el debido proceso, recibimos los informes de los veedores, las instituciones tienen un plazo para expresar sus alegatos y luego nosotros resolvemos. Escuchamos a los encargados de seguridad de ambas instituciones y resolvimos en función de los hechos que pudimos comprobar y las circunstancias, tomando en cuenta lo que informó cada institución”.
“En esta temporada ya le habíamos aplicado a ambas instituciones sanciones como la advertencia, apercibimiento o multa. Por ejemplo, por los desmanes que ocurrieron en el clásico jugado en el Campeón del Siglo ambos clubes fueron sancionados con una multa. Hubo una cantidad previa de incidentes que motivaron la sanción resuelta ahora”, aseguró.
Queijo comentó que los antecedentes que se manejan generalmente son sólo los de la presente temporada e indicó que el ámbito de competencia del tribunal es lo que sucede dentro de los estadios.
Luego destacó: “Pueden haber errores porque los fallos son emitidos por personas, pero intentamos tratar los hechos con absoluta objetividad e imparcialidad. La sanción fue un poco compartida entre todos los integrantes del tribunal y entendíamos que la sanción debía ser la aplicación de ese artículo 14 que determina los tipos de sanción”.
El escribano señaló que hay sanciones más graves como quita de puntos o descalificación para las competencias, pero que básicamente las dos opciones ante lo acontecido en el clásico era que jugasen sin público local o la imposibilidad de oficiar de local en un determinado estadio. “Optamos por la primera porque los violentos en la segunda iban a ir; quizás no es la mejor medida, pero es la que nos posibilita el código”.
A Queijo también se le consultó por qué ambos clubes recibieron dos partidos de sanción, a lo que respondió: “Lo que vimos fue fundamentalmente los daños materiales importantes que hizo Peñarol en la tribuna Scarone, analizamos las pedreas, y vimos el comportamiento de Nacional con el engrasado de la tribuna, la agresión que sufrió el golero de Peñarol, algunos desbordes de hinchas tricolores que saltaron el alambrado. Manejamos todas esas circunstancias para realizar este fallo”.
“Lo de los hinchas de Peñarol fue una actitud más de momento de romper todo, lo de los hinchas de Nacional fue más orquestado o premeditado respecto al engrasado de la tribuna. Respecto a Peñarol, los daños materiales que ocasionaron sus hinchas fueron mayores, y en el caso de Nacional hubo una determinada conducta previa; por eso las sanciones son iguales”, enfatizó.
El integrante del tribunal de disciplina dijo que no recibió ninguna presión y manifestó su desacuerdo en afirmar que una hinchada actuó en reacción a alguna actitud de la parcialidad rival, porque ‘todo tiene una génesis difícil de determinar’.
“Lo de la gallina inflable es un hecho grave, pero es diferente a la colocación de la grasa que podía tener alguna repercusión inmediata en la integridad física de los simpatizantes visitantes. Siempre los hechos son graves, no niego la importancia. Pero entendemos que el hecho de engrasar la tribuna tenía potencialmente una gravedad más importante por las lesiones que pudiera producir”, afirmó.
Por último, Queijo expresó que sólo tiene vínculo con el Club Atlético River Plate, club del cual es socio hace 55 años, sin tener ninguna relación con otra institución más allá de que su hermano Álvaro sea consejero de Peñarol. “River es el único club al que sigo, quiero dejar claro esto porque mi hermano no tiene nada que ver en este tipo de cosas”.
E indicó sobre si esta sanción puede apelarse: “El artículo 44, del código redactado por las instituciones, establece que las sanciones impuestas por el Tribunal disciplinario serán ejecutadas inmediatamente, y es el Tribunal de Alzada a petición de partes quien podrá disponer la suspensión de la sanción. Entendemos que es inapelable, pero quien corresponde pronunciarse es el Tribunal de Alzada. Si se interpone el recurso, nosotros lo derivaríamos al Tribunal de Alzada”.