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González Mullin, abogado de Peñarol en caso Canobbio, explicó cómo será la audiencia clave del martes

El jugador dio positivo en un control antidopaje y deberá de realizar su descargo. 1950foto

Horacio González Mullin, abogado contratado por Peñarol para encargarse del caso de dopaje positivo de Agustín Canobbio, explicó en el programa “Tirando paredes” de Radio 1010 AM en qué situación está el asunto y cómo será la audiencia clave de este martes, donde se definirá si el futbolista recibe una suspensión previsoria o no.

Consultado acerca de si Peñarol tiene elementos para pensar en una posible absolución del futbolista, González Mullin dijo que lo primero es preparar la audiencia del martes, y que el nuevo código establece la posibilidad de que no haya una suspensión previsoria en casos de posibles contaminaciones con productos, algo que antes era imposible.

A su vez, explicó que para el Tribunal Disciplinario de CONMEBOL existen dos tipos de sustancias: específicas (las que se presume que el deportista no necesariamente las consume para mejorar su rendimiento), y las no específicas (donde sí está esa presunción). La boldenona, la sustancia por la que dio positivo Agustín Canobbio, entra en el grupo de las no específicas. “Antes, cuando te daba positivo de una no especifica, tenían obligación de suspender previsionalmente. Ahora, existe la posibilidad de una contaminación, entonces el tribunal va a tener la facultad de suspender o no. Para eso tenemos que darle al tribunal elementos de que haya una probabilidad cierta de que estemos ante una contaminación y no lo suspenda”, comentó.

González Mullin también dijo que Canobbio estará presente en esta audiencia preliminar con el Tribunal Disciplinario, que está integrado por tres personas, que no corresponden a personal de salud. La Unidad Antidopaje de CONMEBOL sí está dirigida por un médico, y es la que se encarga de informarle al deportista cuando tiene un resultado adverso, así como quienes consultan si quieren abrir la segunda muestra del deportista en cuestión.

También, señaló que el proceso disciplinario contra Canobbio todavía no se ha abierto por parte de la Comisión Disciplinaria, y que tras los descargos primarios que realice el futbolista en la audiencia del martes, se determinará cuándo se iniciará. Respecto a las posibles sanciones para el extremo de Peñarol, el abogado dijo que en casos de productos contaminados, el rango va desde un mínimo de una amonestación a un máximo de una suspensión de un año. “Depende de la forma en que actuó el deportista, si lo hizo diligentemente al consumir el producto contaminado. La expresión que usan es si actuó ‘con culpa o negligencia significativas’. Si actuó de manera culposa o negligente, entonces ahí gradúan desde una amonestación a un año. Si entienden que no existió contaminación, es decir, con una sustancia no específica, la sanción mínima va de un año a cuatro años que es la máxima”, indicó.

La boldenona no se vende en Uruguay y su aplicación está prohibida en animales, agregó González Mullin. La presunción de Peñarol y de los abogados es que hubo una contaminación alimentaria en Perú, cuando el aurinegro enfrentó a Sporting Cristal por la Copa CONMEBOL Sudamericana. En ese país, la sustancia es de venta libre y se aplica a los animales para que engorden, agregó.

Un aspecto importante que señaló el abogado refiere a que el futbolista tiene que probar su posición dentro del justo equilibrio de las probabilidades de la prueba. “La hipótesis que el deportista maneja para que esté dentro del justo equilibrio de las probabilidades tiene que ser al menos del 51%. La Comisión Disciplinaria analiza las probabilidades de que la haya consumido directamente o a través de la ingesta de un producto. Supongamos que analizan si el deportista pudo probar determinados aspectos, y no tienen certezas de que hubo contaminación, pero entre las dos hipótesis, esa parecería la más probable en virtud de la prueba. Si la hipótesis que se plantea tiene una probabilidad por encima del 50%, te dan la derecha”, explicó.