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Jorge Rodas deroga estatutos que contenían artículos que chocaban con la Ley del Deporte

La decisión del Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco fue publicada este lunes en el Diario Oficial y entra en vigencia de forma inmediata

GUATEMALA --- El actual Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco, encabezado por el exfutbolista Jorge Alexander Rodas, derogó el Acuerdo 011/2021-CE-COG, el que daba vida a los nuevos estatutos del ente, que incluían la instauración de una Comisión Electoral y un Comité de Ética propios.

La creación de esas comisiones provocó la suspensión del COG en octubre del 2022, debido a que la Corte de Constitucionalidad se vio obligada a intervenir, dado que los artículos que les deban vida, chocaban con lo dispuesto en la Ley Nacional para el Desarrollo de Cultura Física y del Deporte.

Según la Ley vigente, las elecciones para Comité Ejecutivo del Comité Olímpico Guatemalteco se deben realizar bajo las directrices del Tribunal Electoral del Deporte Federado -TEDEFE- y no existe una figura de ‘Comisión de Ética’ para el ente, sino un Tribunal de Honor.

El actual Comité Ejecutivo del COG justifica la derogación del acuerdo en vicios que se produjeron durante el proceso de aprobación y publicación del mismo.

Fue un acto viciado en sí mismo; por lo tanto, nulo ipso iure por violación de normas imperativas expresas y ejecutado en fraude de ley, por lo considerado en el presente Acuerdo, con las consecuencias legales que de tal declaración se derivan’” se lee en el apartado de acuerdos del Acuerdo 1/2024-CE-COG, publicado este lunes en el Diario de Centroamérica.

Según el documento, el Acuerdo que fue aprobado por la Asamblea General del Deporte Olímpico el 23 de diciembre del 2021, contiene vicios que lo hacen improcedente.

Se varió el nombre de la normativa estatutaria, que fue aprobada el veintidós de diciembre de dos mil veintiuno, agregándosele palabras que no constan en el acta de la sesión extraordinaria de la Asamblea General de esta entidad, de tal fecha, lo cual es un vicio, pues ya no hay identidad entre lo aprobado por ésta y lo emitido por el Comité Ejecutivo’”.

También señalan que está viciada la publicación del Acuerdo en el Diario Oficial, que el Comité Olímpico Internacional no está facultado para aprobar estatutos del COG y que la Asamblea del Deporte no cumplió con el procedimiento establecido en Ley para la aprobación.

Así, y en el afán de “devolver la juridicidad, la legalidad y la certeza jurídica a la institución’” según ellos, el actual Comité Ejecutivo del COG mantiene vigentes los estatutos antiguos, que fueron aprobados en el 2002, y avalados por el COI en el 2003.

¿Qué sucederá?

Con el nuevo Acuerdo del Comité Olímpico Guatemalteco, al quedar sin efecto los artículos que contravenían lo dispuesto en la Ley del Deporte, la Corte de Constitucionalidad no tendría materia para conocer y todos los recursos planteados quedarían sin efecto.

Al ya no existir injerencia gubernamental, le correspondería al Comité Olímpico Internacional emitir una resolución al respecto del tema de la suspensión que pesa sobre Guatemala.

Aunque, hay que decir que el COI ha sido enfático en desconocer las elecciones en las que Jorge Rodas resultó presidente del COG y ha dicho que para levantar la suspensión se ‘requiere de un CON -Comité Olímpico Nacional- en Guatemala que sea elegido y funcione en pleno cumplimiento de la Carta Olímpica’, es decir, bajo los estatutos que este lunes fueron derogados.